ESCRACHE (DENUNCIAS PUBLICAS

lunes, 24 de junio de 2013

JUNE 1st 2013 Fatherless day road rally for justice!

En el estado español vuelve a haber esclavitud

Carlos Martínez – ATTAC Andalucía
No es tan solo por las sucesivas reformas laborales –que por cierto han sido varias y con gobiernos de los dos colores del turnismo-, ni siquiera tan solo por los más de 6.500.000 paradas y parados. Es por que las mentes y los espíritus de muchas personas, dirigentes, sindicalistas, políticos y activistas están resignados. No digamos población abrumada por un futuro incierto y un presente peor, sin prestación alguna, sin poder pagar luz o el agua o sin poder seguir dando estudios a sus hijos.
Es que demasiados millones de personas con inteligencia, ansias por seguir viviendo y pensamientos, emociones y deseos, ya no saben qué hacer contemplando con resignación como los poderosos se salen con la suya. Los brotes verdes de los que habla el Gobierno genocida que sufrimos, son las rebajas salariales, la carencia de derechos sociales y las grandes rebajas en subsidios, pensiones, becas y prestaciones, todas ellas conseguidas con luchas y sacrificios y además pagadas por nuestros bolsillos, pues en el estado español, de forma proporcional, cuanto más rico eres, menos impuestos pagas. Claro, todos estos recortes y descuentos animan a los poderes financieros y a la oligarquía rentista que nos domina, así como a inversores extranjeros, deseosos de invertir en nuevos reinos autoritarios y sin obligaciones.
Tal es la desesperación que las personas ya ni se preguntan antes de aceptar un empleo precario y por días, cuánto van a cobrar o en calidad de que les van a asegurar. Es la ocasión de los desaprensivos. Es el poder dictatorial de ricos, banqueros y empresarios sin escrúpulos, que por cierto y ya está bien de cuentos, es una especie demasiado abundante en el estado español. El “eso es lo que hay y si no ahí tienes la puerta” es un comentario empresarial, tan español como la tortilla de patata y que yo llevo toda mi vida escuchando.
Cierto es que hay excepciones, en empresas sociales o cooperativas medianas, también en empresas que tuvieron fuertes luchas sindicales o por parte de algunos empresarios medianos y pequeños. Pero honradamente, no es lo que abunda ya. Pero siguiendo, hace unos años los derechos existieron porque estuvieron legalmente mucho más protegidos, fruto de luchas generalizadas en los años sesenta, setenta y ochenta del siglo pasado. Después, nada, derrotas, cesiones, traiciones y pelotazos. El reino bananero de la corrupción y el ladrillo y el empleo creado a base de destruir territorio, cementar playas y aplanar montes. Deslocalizaciones, venta de nuestra industria para conseguir entrar en la Comunidad Europea y nuestra dignidad y soberanía a cambio de kilómetros de autovía.
Lo avisamos. El objetivo era acabar con las conquistas sociales y el poco estado social en este reino de opereta, nueva corte borbónica de los milagros. Como el euro no se puede devaluar por voluntad gubernamental española, pues nos devalúan a todos y todas. La devaluación que está habiendo, pues la está habiendo, es rebajar salarios y pensiones, cerrar centros de salud, gastar mucho menos en educación pública, no investigar y cerrar kilómetros de ferrocarril. Es privatizar lo que queda y así que una burguesía rentista, inútil, burra y autoritaria, siga haciendo negocio como siempre a costa del estado, de lo público.
En este reino de opereta lo más más subvencionado que hay son los bancos, las grandes empresas, las grandes fortunas y la Iglesia Católica, a ver si se entera de una vez tanto tonto útil a los poderosos, desviando la atención o cargando contra otras instituciones.
Ante tanta miseria moral, tan excesivamente generalizada, no cabe hacerse ilusiones, sino luchar, organizarse y agrupar a todas las personas con dignidad, vergüenza y valores.
Ha habido respuestas, sí. Pero al poder neo-franquista que nos domina, a las cúpulas bipartidistas vendidas y a las grandes y medias patronales, no les asusta, ni preocupa seriamente.

Bruselas adopta nueva legislación para reforzar protección víctimas violencia doméstica



http://www.lawyerpress.com/news/2013_06/1006_13_004.html

Las víctimas de la violencia, en especial de la doméstica, pronto podrán contar con una protección en toda la UE a raíz de la adopción hoy de una propuesta de la Comisión Europea por los ministros de Justicia de los Estados miembros de la UE. La nueva normativa de la UE sobre una orden de protección válida en toda la UE significará que las personas que hayan sido víctimas de la violencia podrán confiar en que la orden de alejamiento obtenida en su país de origen sea válida en cualquier lugar de la UE en que se encuentren.
En la práctica, esto quiere decir que las órdenes de alejamiento dictadas en un país de la UE tendrán que ser reconocidas en la UE entera, de forma que la protección viajará con la persona. La legislación de la UE beneficiará sobre todo a las mujeres: alrededor de una de cada cinco mujeres europeas ha sufrido violencia física al menos una vez en su vida, según las encuestas.
Viviane Reding, vicepresidenta y comisaria de Justicia de la UE, ha declarado lo siguiente: «La orden europea de protección adoptada hoy contribuirá a proteger a las víctimas de delitos y violencia dondequiera que se encuentren en Europa: la protección viajará con el ciudadano. Este es un ejemplo excelente de la manera en que Europa trabaja por sus ciudadanos. Me gustaría agradecerles a los ministros de Justicia y al Parlamento Europeo su apoyo a la hora de promulgar con rapidez las propuestas de la Comisión. Las víctimas merecen como mínimo que se las trate con respeto y conseguir la protección que necesitan. Confío en que los Estados miembros hagan realidad rápidamente en beneficio de los ciudadanos la orden europea de protección y la Directiva sobre los derechos de la víctimas adoptada el año pasado».
La adopción formal hoy por el Consejo del Reglamento relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil sucede a su votación en el Parlamento Europeo el 22 de mayo (MEMO/13/449). La Comisión propuso el Reglamento dentro del paquete de medidas dirigidas a mejorar los derechos de las víctimas (véanse IP/11/585 y MEMO/11/310). La Directiva sobre las víctimas, que establece los derechos mínimos de las víctimas de delitos en toda la UE, ya figura en el repertorio legislativo europeo (IP/12/1200). Ambos instrumentos también complementarán la orden europea de protección de 13 de diciembre de 2011, que garantiza la libre circulación en toda Europa de las medidas de protección en materia de Derecho penal. La votación de hoy constituye un paso importante a la hora de colmar las lagunas en la protección de las víctimas de la violencia doméstica que deseen ejercer su derecho a la libre circulación en la UE. 

Violencia doméstica causó 174 muertes en Francia en 2012

http://www.rpp.com.pe/2013-06-09-violencia-domestica-causo-174-muertes-en-francia-en-2012-noticia_602590.html

Un total de 174 personas perdieron la vida en Francia, la mayoría mujeres, debido a actos de violencia perpetrados en el seno de los hogares durante el año pasado, reveló un informe gubernamental.
Violencia doméstica causó 174 muertes en Francia en 2012Casi cada dos días se comete un homicidio por esta causa en el territorio nacional, señaló un estudio anual de la oficina de atención a las víctimas del ministerio del Interior.
En 2012 murieron 148 mujeres y 26 hombres a manos de su pareja o expareja, lo que significa un incremento de 28 más respecto al año precedente.
Según el texto, 22 por ciento de agresiones ocurrieron sin la intención de quitar la vida y en la mitad de los casos se constató la presencia de sustancias capaces de alterar la conducta, como alcohol, estupefacientes o medicamentos.

Los departamentos de Alpes-Maritimes, Nord, Seine-Saint-Denis, Pas-de-Calais, Yvelines y Bouches-du-Rhone, son los más afectados por este fenómeno, seguidos de Indre-et-Loire y Guadalupe, según Prensa Latina.

Condenada una mujer por decir que un vecino había violado a un menor

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/06/14/catalunya/1371237752_911718.html

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo confirmó ayer la condena interpuesta contra una vecina de Arnes (Terra Alta) por difundir el rumor de que otro vecino del pueblo había abusado sexualmente de un menor, hijo de una de las familias de la localidad. La mujer deberá indemnizar al hombre con 6.000 euros por vulnerar su derecho al honor al acusarle de violador sin pruebas.
La sentencia de primera instancia estimó la demanda y consideró que se había producido una vulneración del derecho al honor del demandante. La Audiencia Provincial la confirmó, aunque no respecto de los tres vecinos demandados, al considerar que solo uno de ellos había contribuido a la difusión del rumor. Ahora la sentencia del Supremo desestima el recurso de casación de la mujer, la única persona que fue condenada por las afirmaciones.
Los hechos se remontan a la Semana Santa del 2006 cuando Joaquim Blanc, casado y padre de dos hijos, tuvo conocimiento de que un rumor sobre él recorría desde un año antes el pequeño municipio de 500 habitantes de Arnes. En concreto, según denunció, otro vecino, Óscar Segura, le venía acusado públicamente de haber abusado sexualmente de él cuando tenía 8 años. Segura hizo públicos los presuntos hechos delictivos cuando contaba con 31 años, es decir 23 años después de unas hipotéticas violaciones, que contribuyó a difundir la condenada, Maribel Sanromà. Blanc negó tajantemente las acusaciones.
La sentencia del Supremo considera probado que Sanromà estuvo acusando durante varios meses al vecino de “violador de menores en sitios de especial aforo de vecinos, tales como comercios, en paseos matinales con otras mujeres del pueblo y en la propia Asociación de Mujeres de Arnes”. “La divulgación fue de tal intensidad que llegó a ser moneda corriente hasta en los centros neurálgicos de la población como el Ayuntamiento, el centro médico, centros comerciales, etc”. Segura relató haber sufrido estos hechos en una granja de cerdos y en una casita de leña situada en la escuela del pueblo. También declaró haber recordado súbitamente los abusos por medio de una técnica denominada sofrología, consistente en un conjunto de métodos de relajación y de modificación del estado de la conciencia.

Segun el protoco de actuacion sanitaria frente al maltrato, el abuso de drogas y alcohol por las mujeres son sintoma de malos tratos

http://larepublicacocotera.wordpress.com/2013/06/15/segun-el-protoco-de-actuacion-sanitaria-frente-al-maltrato-el-abuso-de-drogas-y-alcohol-por-las-mujeres-son-sintoma-de-malos-tratos/

Si, Si, han leído bien, según el protocolo común para la actuación sanitaria ante la violencia de género, que entre otras paparruchadas refleja que  como indicadores de sospecha de estar sufriendo malos tratos estarían, antecedentes de haber sufrido o presenciado malos tratos durante la infancia, lesiones frecuentes, abuso de alcohol u otras drogas, de medicamentos, lesiones en genitales, abdomen o mamas durante el embarazo, abortos repetidos, ansiedad, baja autoestima, trastornos de conducta alimentaria, crisis de ansiedad, también enfermedades de transmisión sexual, infecciones urinarias, hemorragia vaginal.
Vamos, en definitiva, que todos los males de las mujeres son producto del hombre, de su relación de poder hacia ellas y de los malos tratos, es una vergüenza ver, como el adoctrinamiento de genero al más puro estilo nazi alcanza también al personal sanitario, al igual que en la Alemania nazi, donde se controlaba la salud de la población, para detectar a todas aquellas personas con cualquier deterioro físico o intelectual que pudiera poner en peligro la estirpe germana, para poder así encarcelarlas en algún campo de concentración para su posterior masacre, ahora desde el estado español, se dan instrucciones claras para poder convertir al personal sanitario en un instrumento más de la industria de género, transformando un desgraciado aborto natural en un nuevo expediente de género que engrose las listas y estadísticas de la industria feminista.

Art. 205-De la calumnia

http://portaljuridico.lexnova.es/articulo/JURIDICO/201156/art-205-de-la-calumnia

Art. 205-De la calumnia


El CP de 1995 regula la calumnia en el Capítulo I del Título XI del CP, particularmente en sus arts. 205 a 207. Desde entonces, y a diferencia de la derogada normativa, la conducta típica se resume en el hecho de imputar a otro cualquier delito en general, sea o no perseguible de oficio. Siguiendo la interpretación más extendida en torno al primero de estos términos, la imputación ha de ser precisa y ha de materializarse en actos concretos, debiendo excluirse del tipo las atribuciones genéricas, vagas o imprecisas.

Artículo 205


Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

Comentario al art. 205 (extracto)


CONCEPCIÓN CARMONA SALGADO


§1. Concepto y elementos que la integran. Tipo objetivo y tipo subjetivo


Frente a la antigua normativa, la redacción del vigente art. 205 ha eliminado de su fórmula toda referencia a lafalsedad objetiva como elemento del tipo, ya que el legislador de 1995, partiendo de una concepción de honor aparente, configuró la conducta típica a partir de la mera exigencia de imputación a otro de un delito, con independencia de que ésta, en principio, sea verdadera o falsa. Por el contrario, hace recaer la esencia del delito en la actitud interna del informador (periodista o no, aunque pensando fundamentalmente en quien ejerce esta profesión) al incorporar como elemento imprescindible del tipo la denominada falsedad subjetiva (Muñoz Lorente, 1999, 372 y ss.); concepto este coincidente con la interpretación sustentada por la jurisprudencia del TC, primero, y por el resto de las instancias judiciales, después, al abordar el criterio constitucional de la veracidad informativa frente a la resolución del conflicto con el honor que con tanta frecuencia se plantea en la práctica, interpretación ya expuestasupra. En una palabra: se subjetiviza el tipo de calumnia hasta el extremo de que, desde un punto de vista estrictamente legislativo, lo que realmente importa para constatar la existencia o no del mismo es si el informador actuó con mala fe al imputar a otro un delito, esto es, si lo hizo con conocimiento de su falsedad (dolo directo) o conmanifiesto desprecio hacia la verdad (dolo eventual, pues la imprudencia no se contempla como forma de comisión en el marco de estas infracciones). Ello significa que en el momento de realizarse la conducta (ex ante), cualquier imputación delictiva, sea falsa u objetivamente cierta, ya lesionaría el honor de la persona, debiendo calificarse de típica si, además, consta el requisito de la inveracidad subjetiva, y ello aunque, a la postre ésta resulte serobjetivamente verdadera; es decir, cuando se acredite como tal en el correspondiente proceso (ex post) [Navarro Moreno, I./ Fuentes Osorio, J., Derecho Penal. Parte Especial, T. I. (Zugaldía-Marín de Espinosa, dir.), Valencia, 2008, 378-380].